Cuando estamos frente a una necesidad jurídica: asistencia médica, prestación socio asistencial, servicios de salud y/o de asistencia personal, como acompañamiento terapéutico, internaciones, intervenciones quirúrgicas, prótesis, ortesis, y cualquier otro servicio médico necesario para garantizar, nuestra calidad de vida y/o la calidad de vida de un familiar, no contando con otra forma jurídica especifica, como podría ser una ejecución de contrato si lo hubiera, nuestro legislador nos dotó de la posibilidad de llegar a ella mediante un recurso de amparo, donde se solicitaran las medidas de urgencia para que se brinde la prestación médica imprescindible para el cuidado de la salud de manera inmediata.
Estas son las medidas cautelares, que sin perjuicio de seguir adelante con el reclamo se brindarán en un lapso breve.
A este recurso tiene acceso todo ciudadano sin necesidad de contar con requisitos previos.
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